Un tribunal colegiado concedió una suspensión a extrabajadores jubilados de la Comisión Federal de Electricidad para que cese de inmediato la reducción de sus pensiones, aplicada tras la reforma al artículo 127 constitucional sobre “pensiones doradas”.
Con voto unánime, los tres magistrados resolvieron otorgar la protección a los quejosos al considerar que el recorte abrupto a sus haberes de retiro ponía en riesgo su integridad física y psicológica, salud, vida digna, mínimo vital y supervivencia.
La reforma al artículo 127 constitucional impide que cualquier ciudadano perciba ingresos mayores a los del titular del Poder Ejecutivo Federal. Dicha modificación, aprobada por unanimidad en Senado y Cámara de Diputados, obligó a la CFE a reducir sustancialmente las pensiones de sus extrabajadores.
De acuerdo con el proyecto aprobado, ese ingreso resultaba indispensable para que los jubilados cubrieran alimentación, tratamientos médicos, vivienda y dependientes económicos. El tribunal sostuvo que la suspensión es una medida indispensable para proteger a los adultos mayores ante el impacto emocional y psicológico derivado de la afectación repentina a su patrimonio y derechos de seguridad social.
En su análisis, los magistrados revisaron la demanda presentada contra la Dirección General de la CFE y otras autoridades federales por la aplicación del decreto que reformó el artículo 127 en materia de límites salariales y pensiones para servidores públicos.
Los extrabajadores argumentaron que la reforma no debía aplicarse en su caso porque no desempeñaban cargos de confianza y sus haberes de retiro están protegidos por disposiciones transitorias de la propia reforma constitucional.
La resolución señala que, tratándose de personas adultas mayores, una afectación abrupta a los ingresos pensionarios puede generar consecuencias graves de carácter físico y psicológico. Para muchos jubilados, la pensión constituye su principal medio de subsistencia para medicamentos, consultas, tratamientos y manutención de familiares.
Los magistrados advirtieron que una disminución inmediata podría provocar suspensión de tratamientos médicos, cancelación de seguros, agravamiento de enfermedades crónicas, endeudamiento o incluso pérdida de vivienda. Subrayaron que esos daños no podrían repararse completamente aun si los jubilados obtuvieran una sentencia favorable en el futuro.
Los promoventes del amparo sostuvieron además que la aplicación de la reforma vulnera derechos constitucionales de seguridad jurídica, propiedad, seguridad social y protección reforzada para personas jubiladas, adultas mayores y con problemas de salud.
