viernes, agosto 7, 2026
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Impugnan nombramiento de Federico Salomón como representante del PAN ante el OPLE

  • La diputada local Montserrat Ortega promovió un juicio ante el TEV al señalar que la designación viola la Constitución estatal por registrar antecedentes de violencia política en razón de género.

La diputada local de Acción Nacional, Montserrat Ortega Ruiz, promovió un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía (JDC) ante el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), para solicitar la revocación del nombramiento y acreditación de Federico Salomón Molina como representante propietario de dicho partido ante el Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE).

El recurso legal impugna los actos de la dirigencia estatal del PAN y de la presidencia del OPLE tras la difusión de la designación ocurrida en semanas recientes. La legisladora argumenta que Salomón Molina se encuentra inhabilitado constitucionalmente para ocupar dicha representación al figurar activamente en los registros estatal y nacional de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

De acuerdo con el recurso presentado, la demanda se fundamenta en el artículo 18 Bis de la Constitución Política de Veracruz —incorporado mediante el Decreto 252 en junio de 2025—, el cual establece explícitamente como impedimento para integrar órganos colegiados de organismos autónomos el estar inscrito en los padrones de sancionados por violencia de género.

Ortega Ruiz sostiene que, aunque los representantes partidistas dentro del Consejo General del OPLE solo cuentan con derecho a voz, forman parte del órgano colegiado y deben cumplir cabalmente con los requisitos de elegibilidad e idoneidad constitucional. Asimismo, precisó que el principio de autoorganización de los partidos políticos no los exime del marco normativo vigente.

En el expediente presentado ante el TEV se detalla que Salomón Molina acumula dos resoluciones en la materia:

  • El 16 de agosto de 2025, el TEV acreditó la comisión de violencia política de género (expediente TEV-JDC-169/2025) e impuso un registro de 12 meses, fallo ratificado en septiembre por la Sala Regional Xalapa del TEPJF.

  • El 25 de febrero de 2026, el tribunal local resolvió el expediente TEV-JDC-443/2025, determinando una nueva sanción de 24 meses por reincidencia. La sentencia quedó firme en abril de 2026 tras el desestimamiento de los recursos interpuestos ante la Sala Superior del TEPJF.

Según los registros del Instituto Nacional Electoral (INE), la sanción mantendrá a Federico Salomón inhabilitado en la plataforma nacional hasta el 17 de abril de 2028. Por ello, la impugnación solicita al TEV dejar sin efecto la acreditación y ordenar una nueva designación apegada a derecho

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