miércoles, octubre 28, 2026
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Impugna Movimiento Ciudadano ante la SCJN reforma a la revocación de mandato en Veracruz

La dirigencia de Movimiento Ciudadano (MC) promovió una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la reciente reforma a la Constitución de Veracruz en materia de revocación de mandato, al acusar que la norma busca “blindar” a las autoridades estatales e imponer tramas burocráticas al derecho ciudadano de evaluar a sus gobernantes.

El recurso legal impugna el Decreto número 540 —publicado el pasado 28 de septiembre—, el cual modificó el inciso B de la fracción VI del artículo 15 de la Carta Magna local. De acuerdo con el partido, los cambios aprobados por la mayoría parlamentaria en el Congreso del Estado violentan el principio de progresividad de los derechos políticos.

La comitiva política y jurídica que acudió a la presentación del documento estuvo integrada por el coordinador estatal Luis Carbonell de la Hoz, el secretario general Agustín Torres Delgado, el presidente del Consejo Estatal, Dante Alfonso Delgado Morales, el diputado federal Sergio Gil Rullán y la diputada local Elena Córdova Molina.

Durante la presentación de la demanda, Luis Carbonell de la Hoz criticó severamente el procedimiento mediante el cual la mayoría legislativa avaló los ajustes a la ley, calificándolos como un retroceso para la democracia participativa en la entidad.

“El Congreso de Veracruz aprobó una reforma que le pone candados y blinda el mecanismo para ejercer la revocación de mandato. No le tengan miedo al pueblo de Veracruz, no le tengan miedo a la participación ciudadana; estamos listos para que el pueblo mande y decida”, sostuvo Carbonell de la Hoz.

El expediente jurídico integrado por el equipo de Movimiento Ciudadano sustenta la demanda en siete conceptos clave de invalidez:

  • Falta de consulta previa: Se omitió realizar la consulta obligatoria a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas de la entidad.

  • Reducción de plazos: Transgrede la progresividad de derechos al recortar a la mitad el tiempo para la recolección de firmas de respaldo, reduciéndolo de dos meses a solo 30 días.

  • Exigencias territoriales desproporcionadas: Obliga a reunir alrededor de 600 mil firmas (10% de la lista nominal estatal) distribuidas en al menos 107 municipios, exigiendo en cada uno el respaldo del 3% de su padrón.

  • Violación al periodo de veda legislativa: Impugna la modificación de normas electorales fundamentales dentro de los 90 días previos al inicio del proceso electoral.

  • Plazos extemporáneos e incerteza: Denuncia la fijación extemporánea de 180 días para expedir leyes secundarias, inconsistencias de procedimiento por un retraso de 46 días en el cómputo de actas de los ayuntamientos, así como la ambigüedad conceptual entre los términos “intención” y “solicitud”.

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