jueves, diciembre 4, 2025
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REFORMA CONSTITUCIONAL EN VERACRUZ

La noticia confirma que la reforma a la Constitución Política del Estado en materia de procuración de justicia ha sido aprobada y declarada constitucional, debido a que fue avalada por la mayoría de los ayuntamientos veracruzanos, tal como lo requiere el proceso legislativo.

El objetivo central de la adición de diversas disposiciones a la Constitución Política del Estado es modificar la regulación de la Fiscalía General del Estado (FGE) en cuatro aspectos clave:

Designación del titular.

Duración en el cargo.

Ratificación del titular.

Remoción del titular.

El cambio más significativo y que entra en vigor de inmediato es la facultad otorgada al Poder Ejecutivo:

La Gobernadora del Estado queda facultada para separar del cargo al titular de la FGE.

Esta remoción solo procede cuando existan causas graves previstas en la ley.

Tras la votación de los ayuntamientos, esta facultad es vigente para la persona que ocupe la titularidad de la FGE.

El Congreso del Estado mantiene un mecanismo de contrapeso ante la decisión de remoción de la Gobernadora:

El Congreso puede objetar la determinación de remoción emitida por la Gobernadora.

Para que la objeción prospere, se requiere el voto de una mayoría calificada (usualmente dos terceras partes) de los diputados presentes.

Si el Congreso no emite una resolución de objeción en un plazo de cinco días hábiles, la decisión de remoción de la Gobernadora queda firme y definitiva.

La aprobación final se dio en una sesión ordinaria del Congreso, donde se contabilizaron los votos de los cabildos.

Un total de 122 ayuntamientos de Veracruz votaron a favor de la reforma constitucional.

Con esto, se cumplió con el requisito de que la mayoría de los ayuntamientos ratifiquen una reforma constitucional.

El decreto de la reforma se aprobó formalmente y se envía a la Gobernadora para su publicación en la Gaceta Oficial del Estado, momento en el que adquiere plena validez jurídica.

A continuación, se presenta la lista de los 122 municipios que dieron su voto de respaldo a la reforma:

Acatlán, Acula, Acultzinga, Agua Dulce, Alpatláhuac, Alto Lucero, Amatitlán, Ángel R. Cabada, Apazapan, Astacinga, Atlahuilco, Atoyac, Ayuahualulco, Banderilla, Camerino Z. Mendoza, Carlos A. Carrillo, Catemaco, Cazones, Cerro Azul, Citlaltépetl, Coatzintla, Coatepec, Coatzacoalcos, Coacoatzintla, Coetzalan, Córdoba, Cosamaloapan, Coyutla, Cuichapa, Chacaltiánguis, Chalma, Chiconquiaco, Chicontepec, Chinameca, Chinampa de Gorostiza, Chocamán, Chontla, El Higo, Emiliano Zapata, Espinal, Gutiérrez Zamora, Hidalgotitlán, Huatusco, Hueyapan de Ocampo, Isla, Ixhuatlán del Café, Ixhuatlán del Sureste, Ixhuatlancillo, Ixtaczoquitlán, Ixmatlahuacan. Jesús Carranza, Jilotepec, José Azueta, Juan Rodríguez Clara, Juchique de Ferrer, La Perla, Las Choapas, Las Minas, Los Reyes, Magdalena, Mecatlán, Medellín de Bravo, Miahuatlán, Minatitlán, Mixtla de Altamirano, Naolinco, Naranjal, Naranjos Amatlán, Nogales, Omealca, Otatitlán, Oteapan, Ozuluama, Pánuco, Papantla, Paso de Ovejas, Platón Sánchez, Playa Vicente, Poza Rica, Pueblo Viejo, Rafael Delgado, Rafael Lucio. Saltabarranca, San Andrés Tuxtla, San Juan Evangelista, San Rafael, Santiago Sochiapa, Santiago Tuxtla, Sochiapa, Soconusco, Soledad Atzompa, Tamalín, Tancoco, Tantima, Tecolutla, Tenampa, Teocelo, Tepatlaxco, Tepetlán, Tequila, Texcatepec, Tierra Blanca, Tihuatlán, Tlachichilco, Tlacojalpan, Tlacotalpan, Tlacotepec de Mejía, Tlalnelhuayocan, Tlapacoyan, Tlaquilpan, Tlilapan, Tomatlán, Tonayán, Totutla, Tuxtilla, Úrsulo Galván, Vega de Alatorre, Xalapa, Xoxocotla, Zacualpan, Zaragoza, Zongolica, Zontecomatlán.

 

 

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